ATENCIÓN
MAESTROS CON DOBLE CARGO
Se informa
que el Departamento de Liquidación de Sueldos de la División HACIENDA atento a lo dispuesto en Circular Nº 9/15, dió cumplimiento
a lo establecido en la Circular Nº 311/98, procediendo a cesar con presupuesto setiembre a los docentes que desempeñándose en doble cargo se encuentran en uso de licencia.
a continuación se transcribe lo dispuesto en Circular 311/98:
"1) Dispónese que un maestro efectivo, interino o suplente que elige un cargo en doble turno en carácter suplente, de solicitar licencia por cualquier causal a excepción de las que establecen los artículos 70.2 y 71, de la Ordenanza N° 45, cesará automaticamente en el cargo elegido en doble turno.
2) Dispónese que un maestro
efectivo, interino o suplente que elige un cargo en doble turno en
carácter interino, de solicitar licencia por cualquier causal a
excepción de las que establecen los artículos 70.2 y 71, de la Ordenanza
N° 45, cesará en el cargo elegido en doble turno cuando el período de licencia exceda los 15 días ya sean consecutivos o alternados"