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miércoles, 12 de junio de 2019

IMPORTANTE: NUEVAS CITACIONES PARA INTEGRAR LAS MESAS RECEPTORAS DE LAS ELECCIONES DEL 30 DE JUNIO

ATENCIÓN MAESTROS

Los Docentes que se encuentran en la nómina adjunta deberán presentarse en la Inspección Departamental, DE FORMA URGENTE, a los efectos de notificarse y retirar la designación para integrar Mesas Receptoras de Votos en las Elecciones Internas del día 30 de Junio de 2019 (las citaciones están siendo entregadas a esta Inspección sobre la fecha en la que se los cita para realizar los cursos, por eso deben notificarse lo más pronto posible).
La Corte Electoral de Maldonado continuará enviando citaciones por lo cual se solicita ingresar al blog en forma diaria.

Se transcribe a continuación la normativa referida al usufructo de los días y cobro de partida correspondiente al desempeño de esta tarea:

Art. 70.13 Estatuto del Funcionario Docente
*Nota: por Resolución N°35, Acta N°18 de 24 de junio de 2004 el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública resuelve: “1) Otorgar a los docentes que integren Mesas Receptoras de Votos la opción de percibir en lugar de los días de licencia establecidos en la norma legal, una compensación nominal por única vez equivalente a dos jornales de un docente grado 3 efectivo no titulado con 20 horas semanales y sin incluir las partidas de alimentación, por cada vez que integren Mesas Receptoras de Votos y una compensación equivalente a los dos quintos de la anterior por cada vez que actúen como suplentes de las mismas. A estos efectos se consideran 21 días laborales por mes.
2) Establecer que quienes opten por la licencia deberán usufructuarla en los días inmediatos, previos o posteriores, a la licencia anual reglamentaria.
3) Encomendar a los Consejos de Educación Primaria, Secundaria y Técnico Profesional y a la Dirección de Formación y Perfeccionamiento Docente, así como a aquellas dependencias que tengan funcionarios docentes, que previo al cobro de la partida, formulen a los docentes la consulta correspondiente la que se deberá documentar.”

A los efectos del cobro se deberá presentar la constancia expedida por la corte electoral de integración de mesas receptoras de votos y la de haber realizado los cursos de capacitación, a la mayor brevedad, luego del acto eleccionario, en la Contaduría Departamental, en el horario de oficina.

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