- ATENCIÓN
- LICENCIAS POR ENFERMEDAD
Inspección
Departamental de Educación Inicial y Primaria de Maldonado les hace
saber que:
A
partir del 1º de Julio de 2016, cambiará la manera de certificar
las licencias médicas.
A.N.E.P. en Acuerdo con los Consejos de Educación y de Formación en
Educación lo han dispuesto – Acta Nº 36, Res. Nº 11 y Nº 12 del
14/06/16 –Circular
N° 71 de
fecha 19/7/2016 de C.E.I.P.
1.-
Todos los Funcionarios de la ANEP para certificar su licencia médica
deberán completar y firmar por
duplicado el modelo
del formulario que estará disponible y debidamente identificado en
la pág. web de ANEP – www.anep.edu.uy
– pestaña Funcionarios- Certificaciones Médicas y también en el
Blog de esta Inspección.
2.-
Cada vez que alguien
vaya a solicitar licencia por enfermedad, deberá comunicar su
ausencia dentro de las primeras horas de labor, al lugar donde
cumplen sus funciones, quien tomará debida constancia del aviso.
El incumplimiento de
esta formalidad determinará FALTA SIN AVISO (2 días de descuento).
Se deberá llevar registro del aviso de la licencia médica
(cuaderno, planilla, etc.), donde conste nombre del funcionario
docente o no docente, día y hora en que avisa y nombre del
funcionario que recibe el aviso.
3.-
Dentro de las 48 hs. hábiles a partir del inicio de la licencia, los
Funcionarios deberán entregar en el Centro Educativo donde trabajan:
a)
el certificado del médico tratante, con
timbre profesional,
en un sobre cerrado, identificado con su nombre y C.I.,
b)
anexado al mismo, el formulario + una copia, ambas completadas y
firmadas.
IMPORTANTE:
el formulario debe llenarse con letra de imprenta clara y legible,
principalmente el
nombre y el número de cédula de identidad, (se
puede adjuntar fotocopia de C.I.,) sin el número de C.I. NO SE PUEDE
CERTIFICAR
c)
el lugar de trabajo (Escuela)
dejará constancia en ambos formularios de:
c.1- Fecha de aviso de la falta.
c.2-
Fecha de recibidos los documentos mencionados.
c.3- Con un plazo máximo de 48
hs. (2 días hábiles) deberá
enviar por correo el sobre cerrado con uno de los formularios, al
Médico certificador del Departamento: Dra. Rosana Montero, R. Pérez
del Puerto, esquina
18 de Julio- U.T.U.Maldonado
El no cumplimiento de los
ítems c.1, c.2 y c.3, ocasionará la NO CERTIFICACION DE LA
LICENCIA.
d)
ante la imposibilidad del Funcionario de trasladarse, como
consecuencia de su enfermedad, el trámite detallado deberá ser
realizado por un representante quien deberá cumplir con los plazos
estipulados y el Centro Educativo deberá realizar la gestión
detallada en el ítem c)
4.
Se establece un plazo
de 90 días como período de transición,
en el que se puede realizar la certificación presencial, a los
efectos de la mejor implementación de la presente resolución, hasta
el 30 de Setiembre la Dra. Montero continúa atendiendo en sus días
y horarios habituales.
ATENCIÓN:
Los
docentes de Escuelas
Rurales Unidocentes,
realizarán la comunicación y harán entrega de los formularios, en
los plazos establecidos, en la Oficina de la Inspección
Departamental.
Las
Direcciones Escolares entregarán en la Inspección Departamental
copia de los formularios de solicitud de licencia médica de todos
los funcionarios.
En
el caso de los docentes será obligatorio
para la solicitud de suplente
la presentación de dicho formulario.